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Derecho y Cambio Social
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POLÍTICA CRIMINOLÓGICA DESDE UNA PERSPECTIVA DE LOS
DERECHOS HUMANOS
Wael Hikal
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Resumen:
Los Derechos Humanos son un tema identificado pero poco revisado
dentro de la Criminología. Desde un doble enfoque estos aplican
tu campo de acción tanto para la identificación de conductas
antisociales al reconocer su violación, como para la prevención
social del delito. Sin duda en la actualidad, los gobiernos han
puesto mucha atención al respeto de los Derechos Humanos, pero a
la vez son lo más concurrido en cuanto a su violación y falta de
respeto. Dicho doble enfoque ofrece una perspectiva interesante
en cuanto a visualizar al Estado cuando reconoce la esencia
básica del ser humano, así como principalmente las normas que
deben cumplir los servidores públicos, en especial, por actos
policiacos y en tiempo de guerra; por otro lado, da a conocer la
ausencia del Estado cuando ofrece una serie de Derechos a los
que todos deberían tener acceso para su sano desarrollo
(educación, salud, vivienda), pero que no todos logran alcanzar.
Abstract:
The Human rights are a subject identified, but little reviewed
within the Criminology. From a double focuses these as much
apply to the battle area for the identification of antisocial
conducts when recognizing his violation, like for the social
prevention of the crime. Without a doubt at present, the
governments have put much attention to the respect of the Human
rights, but simultaneously they are the most concurred as far as
his violation and lack of respect. This double approach offers
an interesting perspective as far as visualizing to the State
when it recognizes the basic essence of the human being, as well
as mainly the norms that must fulfill the servants public,
especially, by police acts and in time military; on the other
hand, it presents the absence the State when it offers a series
of Rights to which all must have access for their healthy
development (education, health, house), but that all do not
manage to reach.
Palabras clave:
Etiología del crimen, Desarrollo social, Prevención del delito,
Derechos Humanos, Ausencia del Estado.
Key words:
Crime etiology, Social development, Crime prevention, Human
Rights, Absense of the State.
Introducción
El presente expone brevemente la relación desconocida que ha
guardado la Criminología y la Política Criminológica con los
Derechos Humanos, durante el análisis e investigación, así como
interrelación se ha dado cuenta que los Derechos Humanos son la
base para el desarrollo social de una comunidad, y que a la vez
permite la prevención social del delito. Ha de notarse en el
texto los objetivos del Programa de las Naciones Unidas para el
Desarrollo, el cual se abre a todas las esferas de la vida,
mismas que son adoptadas de mayor o menor forma por los países
en desarrollo. De ello, en este texto se dejan sentadas las
bases de la nueva perspectiva que debe tomar la Política
Criminológica en relación con el desarrollo social.
1.
CRIMINOLOGÍA Y DERECHOS HUMANOS
Antes de dar desarrollo el tema, cabe señalar solo de
recordatorio algunos conceptos básicos de Criminología, Derecho
Penal y Derecho Constitucional a fin de interrelacionar
posteriormente estos conceptos.
Para Osvaldo Tieghi, Criminología desde un enfoque etiológico
es:
Constituye en sentido estricto, el núcleo y el objeto primigenio
de la criminología científica, empírica y experimental; ello, en
tanto ésta pretende conocer las causas, el origen y el
desarrollo de la personalidad del delincuente, y su conducta
criminal, para su posterior aplicación “preventiva” y
“resocializante”.
Octavio Alberto Orellana Wiarco señala el concepto de Derecho
Penal con tendencia humanista y dice que:
Es el conjunto de normas de derecho público que estudia los
delitos las penas y medidas de seguridad aplicables a quienes
realicen las conductas previstas como delitos, con el fin de
proteger los bienes jurídicos fundamentales de la sociedad y de
los individuos.
Efraín Moto Salazar, aporta conceptos básicos para comprender
las líneas y capítulos a continuación: Derecho Constitucional,
Nación, Estado y Estado y Derecho. A saber en orden de mención
anterior:
Como el conjunto de disposiciones que rigen la organización del
Estado, la constitución del Gobierno, las relaciones de los
diversos Poderes entre sí y la organización y funcionamiento del
Poder Legislativo.
La Nación es una realidad social que nace de un estado de
conciencia colectivo. Es un conjunto de hombres que tienen un
origen común, un pasado histórico propio, una cultura y una
civilización también propias y sentimientos y creencias
religiosas análogas. Estos son, propiamente, los elementos que
integran el concepto de Nación; pero a ellos debemos agregar la
comunidad de lenguaje, de raza, etc., vínculos todos que
contribuyen a realizar la unidad nacional.
El Estado está sometido al Derecho; no se puede pensar en un
Estado sin pensar, asimismo, en el elemento jurídico que lo
rige. El Estado, como el hombre, es un sujeto de Derecho, una
persona jurídica. Los tres elementos del Estado, al integrarse,
constituyen en su personalidad.
A lo anterior, Elías Neuman, opina que:
La actividad estatal constreñida a la ley implica el
aseguramiento de derechos individuales y de la sociedad en sí y
el límite impuesto entre el poder conferido por la ley y su
abuso.
Cuando se cuestiona cuál es la labor del criminólogo, la
respuesta es rápidamente (además de la confusión con el término
de Criminalista), en la procuración de justicia y el sistema
penitenciario, en otros momentos, alguien con ideas más claras
señalará la prevención del delito y la seguridad privada. Ya en
muchos planes de estudio de las Licenciaturas en Criminología se
indican que las áreas laborales, además de las anteriores
(cárceles y servicios periciales), serán las de Derecho Humanos,
pero ¿qué relación tiene la Criminología con los Derechos
Humanos? ¿Se esta en posición de hablar de una Criminología de
los Derechos Humanos? ¿Los criminólogos humanistas existen?
¿Criminólogos humanistas defensores de la Constitución y de los
Derechos Humanos?
Ha resultado interesante, recordar el carácter crítico de los
criminólogos con el que se han formado, éste siempre esta
reclamando por un mejor salario, mejores libros, puestos
políticos, sistema de justicia y penitenciario distinto…
De acuerdo con Jorge Restrepo Fontalvo, opina que:
Nos parece que los criminólogos radicales han hecho muchas más
denuncias (¡denuncias válidas en su gran mayoría!) que
propuestas, a menos que se considere propuestas a esa vaga,
difusa, confusa y obtusa idea de un cambio total del sistema que
un día habrá fatalmente de llegar. Quizás valdría la pena
preguntarles a tales pregoneros, qué piensan hacer el día
siguiente del gran cambio, cómo piensan manejar la
innegable realidad de que existen y seguirán existiendo personas
que realizan conductas inaceptables para cualquier tipo de
sociedad como el genocidio, la violación, el daño ecológico,
etcétera. ¿Qué hacer con esos desviados?, ¿dejarlos libres o no
más? Afirmar rotundamente que son meros productor de una
sociedad injusta, podría incluso ser un punto de partida, pero
nunca será suficiente.
Todo lo anterior, que el maestro colombiano señala será
analizado con detalle y sobre todo con propuestas planteadas por
quien esto escribe y por otros autores en el tema.
Ahora bien, pasando al tema de ¿cuál es la relación de la
Criminología con los Derechos Humanos? Álvaro Orlando Pérez
Pinzón y Brenda Johanna Pérez Castro señalan sencillamente que:
“su violación o puesta en peligro es objeto de criminología”.
Por su parte, Mario Arroyo Juárez señala que:
El hecho de no relacionar el trabajo de los derechos humanos con
la criminología es, en primer lugar, una posición producto de la
ignorancia, pero fundamentalmente es un razonamiento producto de
las condiciones sociales en que ambos discursos se han producido
en México. La criminología ha sido tradicionalmente una
disciplina monopolizada por abogados y por lo tanto con un
fuerte contenido legal. La mayoría de los estudios
criminológicos se basan sobre hechos o problemas relacionados
con los sistemas de procuración y administración de justicia,
que por otra parte, son quienes históricamente, través de sus
agentes, han sido los principales violadores de derechos humanos
(sic).
El mismo apunta que la violación a los Derechos Humanos es por
parte de los Gobiernos. A la Criminología se le ha dado la labor
de observar principalmente los delitos tipificados en los
códigos penales, algunos otros observan los trastornos de la
personalidad y casi ninguno mira a los Derechos Humanos, cuando
desde la perspectiva de esta obra, los Derechos Humanos serán
fundamentales y rectores para la evolución de toda la sociedad y
a la vez, las bases para toda política pública, que al interés
criminológico, el buen diseño e implementación de éstos, conduce
a evitar la criminalidad y al guerra, si una sociedad se
encuentra en éstas situaciones, no puede vivir, no hay armonía,
obsérvese los casos de los países con guerra o con regímenes
políticos muy rígidos, no logran progresar.
Lo anterior, queda comprendido analizando el concepto de
Criminología, que para Robert Winslow y Sheldon Zhang, la
Criminología puede ser definida: “sencillamente como el estudio
de las causas del crimen y la conducta criminal. La Criminología
incluye el estudio de la justicia criminal, en el supuesto de
que ésta determina el crimen, y en otros casos, puede
producirlo”[8].
Orellana Wiarco señala que:
Para determinar el campo de estudio de la Criminología es
necesario que profundicemos un poco al respecto. No todos los
estudiosos de esta materia; cuya sistematización es muy
reciente, están totalmente convencidos de que la Criminología
deba ocuparse exclusivamente del estudio de las conductas
delictuosas, o sea de aquéllas que realizan los individuos y que
quedan perfectamente encuadradas o tipificadas en las
descripciones que la Ley Penal contiene; o si, por el contrario,
pueda abarcar un campo todavía más extenso, como serían los
llamados estados criminógenos, que sin encontrarse
tipificados como delitos, constituyen una predisposición, un
riesgo, una inclinación más o menos acentuada, que inducen al
individuo a delinquir, como son el alcoholismo, la drogadicción,
la prostitución, la vagancia, etc.[9]
Roberto Reynoso Dávila indica que: “en consecuencia, si queremos
tener un concepto integral del delito no es suficiente el
estudio meramente jurídico del mismo, ya que el estudio del
delito no se agota con la sola normatividad”.
Roberto Bergalli apunta:
Esta tarea, entonces, obliga a la Criminología a alargar su
cometido y extrayendo de las ciencias de que se nutre los
elementos básicos de investigación se introduce en el estudio de
las conductas humanas no contempladas aún por los ordenamientos
jurídicos o vistas quizá desde otro ángulo como podría ser el
caso de reglamentos de policía, normas ético-sociales,
religiosas, etc..
2. CONCEPTO DE CONDUCTA ANTISOCIAL AVANZADO DESDE LA ÓPTICA DE
LOS DERECHOS HUMANOS
El estudiante de Criminología, Psicología, Derecho, Sociología y
otras áreas afines, recordará que los objetos de estudio
principales de la Criminología son el crimen, el criminal y la
criminalidad, conceptos definidos derivados de la articulación
entre la Sociología, Psicología y el Derecho, sobre éste último,
es el Derecho Penal el de mayor influencia, por lo que se llega
a olvidar otra parte importante que se deriva de la Constitución
Política del país correspondiente, que hace referencia a los
Derechos Humanos.
Lo anterior, debe visualizarse como un concepto avanzado de
conducta antisocial o modalidades que afectan la vida,
recordando que desde el concepto sociológico, el crimen afecta
la sociedad y a sus individuos. Toda discriminación, exclusión y
abandono provoca resultados que de cierta manera criminalizan y
estigmatizan determinadas conductas.
Así mismo, hay que considerar situaciones “graves” como los son
las guerras, aunque en el ámbito criminológico esto ha quedado
fuera del estudio y tema, éste hecho lleva a una cantidad de
delitos en alto número. Una guerra puede ser comenzada desde una
persona hasta grupos, la consecuencia es que el país que la
inicia afecta a los habitantes del otro, y éste dañara a los
ciudadanos del país contrario, aun y que éstos afectados nada
tengan qué ver con el hecho. La guerra lleva a homicidios en
grandes masas, destrucción de propiedades ajenas, una ciudad
destruida, gente afectada, victimizada por los defensores de
cierto país, violaciones sexuales, de Derechos Humanos, tortura,
riñas, explosiones y demás que culminan en un país pobre, con
ciudadanos mutilados, con consecuencias de la guerra, sin hogar,
sin empleo, sin escuelas, etc..
En así como el Estado quien en un principio tutela los Derechos
Humanos, vulnera y daña los de otros por consecuencia de
rencillas de origen político o religioso. De ello, hay que
aplicar ciertas prácticas comúnmente llevadas por la
Organización de las Naciones Unidas (y que también corresponden
a la labor criminológica, pero el criminólogo de la paz es una
figura ausente y casi inexistente), a dicha se llama
Mantenimiento de la Paz y Constructor de la Paz
(términos mejor identificados como Peacekeeping y
Peacebuilding).
De lo anterior, Restrepo Fontalvo señala y propone:
La existencia de opciones diversas de estructuración de los
grupos familiares, fomentar una amplia tolerancia religiosa y de
las diversas expresiones de la arreligiosidad, tolerar en los
demás opciones sexuales diversas de las que personalmente
acogemos, respetar la intimidad de cada miembro del grupo y el
libre escogimiento del desarrollo de su propia personalidad (…),
respetar y defender, en una solo palabra, las opciones y los
derechos del otro, son formas no solo de lograr una sociedad más
democrática, más abierta, menos generadora de frustraciones y
por lo mismo muy probablemente menos violenta, sino que, al
propio tiempo, constituyen políticas efectivas de prevención de
la desviación y de un manejo más humano y legítimo de la misma.
Por otro lado, los conceptos de prevención social del delito en
su mayoría señalan que será de suma importancia el facilitar los
elementos necesarios para el desarrollo social de los ciudadanos
y que permitan una evolución individual y que derive en
resultados a la sociedad.
Así, Eduardo Martínez Bastida señala:
Se basa en intervenciones no penales sobre delincuentes
potenciales orientadas a atenuar su propensión criminal,
sustentándose en las teorías clásicas de la etiología del
delito, según las cuales la acción criminal se explica por la
existencia de diversos factores (familia, escuela, amigos,
pareja, empleo, drogas, alcohol, etc.). Es decir se pretende
actuar sobre las causas más significativas de la criminalidad y
la creación de lazos de solidaridad social que, favoreciendo la
prevención de conductas ilícitas, incrementen la calidad de vida
de los ciudadanos y sus resultados sólo podrían darse en el
mediano y largo plazo[15].
José Ángel Ceniceros señala como causas del aumento de la
criminalidad:
El pauperismo como fenómenos universal y consecuencia de la
crisis cada vez más aguda, de la organización social
capitalista; el crecimiento de la población con la consecuente
aglomeración en zonas urbanas y barrios bajos y el aumento de
desocupados, vagos y malvivientes; la desproporción notoria
entre el aumento de la población y los servicios públicos; el
aumento de centro de y de inmoralidad, cuya influencia
perniciosa no han podido contrarrestar ni el hogar ni la
escuela; la desorientación ética de la escuela y el
quebrantamiento de las normas de la vida del hogar, cuyos
ideales pasados no han sido sustituidos de modo preciso por
normas nuevas que impliquen verdaderos frenos morales; el
cinematógrafo y la televisión como escuelas de morbosidad; la
relajación de las costumbres; el chantaje periodístico; la
escasez de la policía efectivamente preparada, técnica y
moralmente, para el desempeño de sus funciones; la carencia de
buenas cárceles y penitenciarías; la falta de directores y
personal especializado al frente de esos establecimientos que la
doctrina penal quisiera ver convertidos en taller, escuela,
campo de deporte, laboratorios, etcétera; el coyotaje organizado
con la complicidad o la pasividad de los funcionarios
carcelarios faltos de probidad; la incertidumbre de la
represión, porque algunas autoridades que deberían combatir la
delincuencia la encubren, o aún la realiza, amparadas por el
poder puesto en sus manos; la falta de respeto de algunas
autoridades a los mandatos legales y en particular a las
resoluciones de la justicia federal; la impunidad de los delitos
cometidos por gente que dispone de influencia para eludir la
acción de la policía o para frustrar la actuación judicial; la
benignidad en la ejecución de las sentencias dictadas por los
tribunales; la falta de instituciones que ayuden y orienten a
conseguir trabajo a los que salen de las cárceles o regresan de
las colonias de relegación, etcétera.
Jorge Restrepo Fontalvo apunta:
Un
buen manejo de las políticas preventivas, debe producir una
menor utilización del aparato represor. Al igual que en la
medicina, también en este campo es mejor prevenir que intentar
curar. El tratamiento penitenciario, y en general toda política
de represión, es, en gran medida, resultado de las fallas que
existen en “la política social correcta”.
La
Organización de las Naciones Unidas define prevención del delito
como la que:
Engloba las estrategias y medidas encaminadas a reducir el
riesgo de que se produzcan delitos y sus posibles efectos
perjudiciales para las personas y la sociedad, incluido el temor
a la delincuencia, y a intervenir para influir en sus múltiples
causas[18].
Por otro lado, muy acertadamente, el Instituto para la
Prevención del Crimen de Canadá define prevención del crimen
como:
Es una iniciativa o política que reduce, evita o elimina la
victimización a la violencia al crimen. Incluye iniciativas
gubernamentales y no gubernamentales para reducir el miedo al
crimen así como el impacto del crimen en las víctimas.
Las políticas de prevención del crimen deben ser implementadas
por los ciudadanos, familias y vecinos, así como las agencias de
educación, asilo, fortalecimiento de la ley, más allá que solo
acciones policíacas, de juzgados y penitenciarias.
La prevención incluye un amplio rango de propuestas, incluidas
aquellas que:
Promover las buenas relaciones entre las personas y fortalecer
el desarrollo social, a través de medidas económicas, de salud y
educativas, con particular énfasis en la infancia y juventud, y
focalizada en los riesgos y factores de protección asociadas con
el crimen y la victimización.
De lo anterior, se puede formar un concepto de conducta
antisocial jurídico-criminológico en base a lo anterior y que se
descifrará con el paso de las páginas a continuación como: toda
violación a los Derecho Humanos y garantías individuales
señaladas en los documentos legales de nivel internacional (por
la Organización de las Naciones Unidas), nacional (las
Constituciones) y local (Constituciones locales y leyes), que
vulneren el sano desarrollo individual y social en todos los
aspectos que tengan como consecuencia la evolución
biopsicosocial, además de contemplar los documentos especiales
sobre ciertas áreas como el trato en prisión, con la policía, a
los niños, a los ancianos, mujeres, en el trabajo, educación,
etc.
Pérez Pinzón y Pérez Castro señalan que desde el punto de vista,
la criminalidad se presenta cuando:
I.
Los deberes que los tratados imponen a los Estados son
desconocidos por éstos, por acción o por omisión, verbigracia,
si no implementan lo necesario para buscar la resocialización de
los condenados.
II.
El sistema penal es injusto, por ejemplo si no reconoce
los derechos de los grupos étnicos.
III.La Constitución Política o las leyes establecen u otorgan
derechos pero el Estado no facilita su ejecución, (…).
IV.
El Estado, arbitrariamente, so prexto de defender las
instituciones y proteger la sociedad, acude a medidas de
excepción con mengua de la locomoción, la opinión, la
integridad, la salud, la familia, la conciencia o la intimidad..
Esos elementos provenientes de la Constitución nacional y
documentos internacionales serán la base de las políticas
públicas de desarrollo para cada área específica, ha de
entenderse desde una óptica de Naciones Unidas que todo
desajuste en los elementos basales para el desarrollo social,
tienen consecuencias que pueden derivar en hambre, pobreza,
falta de empleo, de educación, guerra y crimen.
La base de los Derechos Humanos es el Estado y las leyes que de
éste emanan, son ese conjunto de “Derechos” que todos merecemos
para nuestro desarrollo integral, pero que lamentablemente no
todos podemos alcanzar.
3. DESARROLLO HUMANO Y PREVENCIÓN SOCIAL DEL DELITO
Recordando los conceptos mostrados anteriormente aportados por
Eduardo Martínez Bastida (prevención social del delito) y la
Organización de las Naciones Unidas (prevención del delito) esta
obra ha de mostrar al lector que los objetivos de los Derechos
Humanos son los de desarrollo, los cuales servirán como base de
las políticas públicas en todos los ámbitos de la sociedad que
permitan un crecimiento social.
Reyes Calderón construye un concepto vinculado al tema y anota
que:
La dignidad de la persona humana es el principio básico de los
Derechos Humanos. Todas las personas por el hecho de existir
tienen derechos, los cuales deben ser respetados por el Estado,
sus autoridades y todos y cada uno de nosotros..
La ausencia de estos Derechos Humanos, en específico a los de
educación empleo, vivienda digna, igualdad ante la ley, entre
otros tantos, ha provocado un problema grave que es la migración
y trata de personas.
Eduardo Lozano Tovar apunta que:
Tendríamos que hablar de una política criminológica referente a
los derechos humanos confrontados con el fenómeno criminal y
acompañando al sistema punitivo derivado de un derecho penal
cada vez menos aislado de las demás estrategias políticas que
deben ocurrir a un Estado posmoderno, consciente de las
necesidades de sus gobernados, pero también atento de las
limitaciones que le obligan –en el oficio cotidiano de gobernar-
a combinar políticas sociales con políticas criminales.
Por su parte, Mike Maguire, et. all., dicen que:
Se consideran mucho más eficaces las medidas de tipo social
(como la revitalización comunitaria, la generación de empleos
para la juventud desempleada y la provisión de medios para
practicar deportes y cultivar el tiempo libre), ya que éstas se
dirigen a eliminar las causas que motivan el delito.
3.1. PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO
Así, el desarrollo ha de ampliarse de lo individual a lo social
y que haya reciprocidad. El Programa de las Naciones Unidas para
el Desarrollo (PNUD) señala que:
El desarrollo de un país no puede ser entendido desde la
perspectiva única del crecimiento económico. El propósito final
del desarrollo se encuentra en cada uno de sus habitantes y en
las posibilidades que ellos tienen para elegir una vida en la
que puedan realizar a plenitud su potencial como seres humanos.
El desarrollo humano consiste en la libertad que gozan los
individuos para elegir entre distintas opciones y formas de
vida. Los factores fundamentales que permiten a las personas ser
libres en ese sentido, son la posibilidad de alcanzar una vida
larga y saludable, poder adquirir conocimientos individual y
socialmente valiosos, y tener la oportunidad de obtener los
recursos necesarios para disfrutar un nivel de vida decoroso.
Haciendo énfasis en el desarrollo humano indica:
El desarrollo humano de las personas es visto como la condición
para que éstas amplíen sus posibilidades de elegir entre
distintos tipos de vida. La libertad de los individuos, y por lo
tanto sus posibilidades de elegir, requieren del desarrollo de
un conjunto de capacidades que permitan el ejercicio de esa
libertad, y que incluyen principalmente la salud, la educación y
las oportunidades de ingreso.
El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo es el
organismo miembro de la Organización de las Naciones Unidas
(ONU) que desde 1965 trabaja para reducir la pobreza en el mundo
y los problemas asociados con ésta, a través de prácticas que
apoyan al desarrollo humano y el progreso económico y social de
los países en los que el PNUD tiene presencia.
En México, la representación del PNUD implementa un programa de
trabajo centrado en el combate a la pobreza y las desigualdades,
la integración productiva, el fomento de la cultura democrática,
la preservación del medio ambiente y el fortalecimiento de la
cooperación técnica mexicana hacia terceros países. Todo esto, a
partir de 5 ejes temáticos definidos como: 1) Desarrollo humano;
2) Gobernabilidad democrática; 2) Medio ambiente y energía; 4)
Sector privado y desarrollo; y 5) Equidad de género.
Para lograr el desarrollo y la prevención social del delito, se
requiere hacer un trabajo metodológico y científico, así, el
PNUD se basa en el conocimiento, por ello centra su trabajo en
la generación y promoción de información específica, resultado
de investigaciones y análisis de los países en donde tiene
presencia. Dichas investigaciones sirven para estructurar las
políticas públicas en base a las necesidades detectadas en el
ámbito estudiado.
Así mismo, a nivele internacional se han planteado objetivos o
visiones que pretenden alcanzarse ante el surgimiento de nuevos
fenómenos y malestares sociales, con dichos objetivos se
pretende generar un estado de beneficio para todos los
ciudadanos en el mundo, a éstos se le ha llamado como Objetivos
Del Mileno programados para cumplirse o alcanzarse en el 2015:
1.
Erradicar la pobreza extrema y el hambre.
2.
Lograr la enseñanza primaria universal.
3.
Promover la igualdad de género y la autonomía de la
mujer.
4.
Reducir la mortalidad infantil.
5.
Mejorar la salud materna.
6.
Combatir el VIH/SIDA, el paludismo y otras enfermedades.
7.
Garantizar la sustentabilidad del medio ambiente.
8.
Fomentar una asociación mundial para el desarrollo.
Para la ONU incrementar los niveles de desarrollo económico y
social, principal mandato del PNUD, es elemento clave para la
creación de las condiciones de paz y la seguridad internacional.
Para el cumplimiento de los objetivos y la atención de las
prioridades internacionales y nacionales, los programas
sectoriales, institucionales, regionales y especiales a
elaborarse atenderán los siguientes temas prioritarios para el
desarrollo nacional: Agua y bosques, Campo y desarrollo rural,
Ciencia y Tecnología Combate a las adicciones, Comercio,
Competitividad, Comunidades y pueblos indígenas, Cooperación y
desarrollo internacional, Cultura, Defensa nacional, Democracia
y participación ciudadana, Deporte, Derechos humanos, Desarrollo
empresarial Desarrollo regional, Desarrollo social, Desarrollo
urbano, Educación, Empleo, Energía, Equidad de género, Familia,
niños y jóvenes, Financiamiento para el desarrollo,
Fortalecimiento del federalismo, Grupos vulnerables,
Infraestructura, Medio ambiente y recursos naturales, Migrantes,
Modernización de la gestión pública, Población, Procuración e
impartición de justicia, Producción y distribución de alimentos,
Protección civil, prevención y atención de desastres, Salud,
Seguridad nacional, Seguridad pública, Seguridad social,
Soberanía, Superación de la pobreza, Trabajo, Transparencia y
rendición de cuentas, Turismo y Vivienda.
Para los objetivos anteriores, todas las administraciones
públicas requieren de llevar a cabo su trabajo a través de
Secretarias (a nivel Federal, Estatal y Municipal), enumerar
cada una daría como resultado un texto gigantesco interminable
de leer en un curso de cuatro o seis meses (para el cual está
dirigido este libro), por lo que se enumeran las dos más
importantes, junto con sus objetivos y planes de trabajo, desde
un nivel federal que supone ser la idea rectora a los Estados y
Municipios, pero cabe notar además de las siguientes al
Instituto de la Juventud, de la Mujer, la Procuraduría de la
República, de Justicia, Secretarias de Hacienda, Gobernación,
Defensa Nacional, Educación, de Turismo, del Trabajo y Previsión
Social, las Comisiones de Derechos Humanos, Centro de
Investigación y Seguridad Nacional, entre muchas otras.
Neuman señala algunas de sus experiencias como asesor al tema
preventivo y apunta:
A veces, cuando hablo en cualquiera de los países de América
Latina sobre desarrollo social y criminalidad, suelo señalar una
ausencia, y suelo decir: “Señores, en este local faltan personas
que deberían estar. Y hablar. Sobre todo, faltan personas del
pueblo de América Latina. No se puede establecer un diálogo
sobre desarrollo social, ni de aportaciones criminológicas,
estando sólo los que aquí estamos. Nos falta algo muy
importante, por lo menos nos falta el pueblo pobre de América
Latina, los actores, los verdaderos actores del drama y sobramos
los que decidimos sufrir por ellos. (…) Unas pocas palabras de
ellos nos ahorrarían muchas de las nuestras… Seamos conscientes
de ello. Si estuviera ese pueblo pobre de América Latina
tendríamos que escucharle tantas formulaciones radicalmente
nuevas, ¡que nos molestaría tanto…!”.
De acuerdo con Alicia González Vidaurri:
Con la visión antes descripta (sic), la futura tarea del
criminólogo será aprovechar los espacios políticos y sociales
donde se debata y decida sobre las cuestiones que le son
propias, con la finalidad de impulsar los proyectos de orden que
resulten más democráticos y que reúnan las condiciones de: tener
un referente de racionalidad, ser factibles y estar orientados
al beneficio común.
Las formas anteriores ocurren por conflictos de intereses y
oportunidades, así lo explican Augusto Sánchez Sandoval y
González Vidaurri:
En las sociedades, la dinámica del conflicto se presenta
generalmente de la siguiente manera: En primer momento, el
dominio de algunos respecto de otros; después este dominio se
traduce en mecanismos de coerción o de criminalización. La
criminalidad es construida como “realidad” por quien tiene poder
para imponerla como tal. Al poder se contraponen los excluidos,
lo que genera conflicto. En lo posible, se busca que la solución
de este conflicto se logre a través de la evolución política y
no de la revolución social, económica o jurídica, es decir, de
alternativas al sistema de dominación y control que esté vigente.
CONCLUSIONES
Después de ver todo lo anterior, se debe estar en entendimiento
de que si no hay Derechos Humanos no se tiene un estado de
desarrollo y progreso, al haberse incluido las opiniones de
diversos estudiosos del tema etiológico-criminologico ha servido
para dejar en claro que la falta de estos Derechos contribuye a
conductas antisociales.
Lo anterior, queda mejor entendido en opinión de Miguel
Carbonell, et. all.:
No existe ni puede existir Estado de derecho cuando se asiste a
un reiterado y, en ocasiones, delirante repudio de los derechos.
Nunca como en nuestra época se ha estado tan consciente de los
derechos humanos pero, en la misma proporción, nunca se ha sido
tan sofisticadamente brutal en su violación.
BIBLIOGRAFÍA
Reynoso Dávila, Roberto,
Nociones de Criminología e Historia del Derecho Penal,
México: Cárdenas Editor y Distribuidor, 2004.
Reynoso Dávila, Roberto, Nociones de Criminología e
Historia del Derecho Penal, México: Cárdenas Editor
y Distribuidor, 2004, p. 10.
* Maestreando en Trabajo Social con
orientación en proyectos sociales.
Presidente de la Sociedad Mexicana de Criminología
Capítulo Nuevo León A.C.
Director Archivos de
Criminología, Criminalística y Seguridad Privada.
wael.hikal@gmail.com
** Licenciado en Derecho
por la Universidad Latinoamericana, Maestro en Política
Criminal por el Instituto Nacional de Ciencias Penales,
México.
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