Derecho y Cambio Social

 
 

 

¿QUÉ ES LA RESERVA DE PREFERENCIA REGISTRAL Y PARA QUÉ SIRVE?

Julia Elena Arispe Blanco*

 


 

Mediante Ley Nº 26364 se creó el Derecho a la Reserva de Preferencia Registral de Nombre, Denominación o Razón Social, constituyéndose así un derecho cuya finalidad es que los titulares, socios o profesionales vinculados directamente al proceso de constitución o modificación del estatuto de una persona jurídica, puedan cautelar el nombre, denominación o razón social que han elegido.

Mediante Decreto Supremo 02-96-JUS se crea el Índice Nacional de Reserva de Preferencia Registral de Nombre, Denominación o Razón Social que se integra al Índice Nacional del Registro de Personas Jurídicas y se legitima a presentar la solicitud de reserva de preferencia registral al titular, a uno o varios socios o asociados, al abogado o notario intervinientes en el proceso de constitución o modificación del estatuto de la persona jurídica. 

La calificación de la reserva no es automática, ya que el Registrador Público, tendrá que verificar si existe igualdad con otro nombre, denominación, completa o abreviada, o razón social ingresados con anterioridad al Índice Nacional del Registro de Personas Jurídicas;  de existir dicha igualdad será denegada la Reserva, se considera que existe igualdad, en las variaciones de matices de escasa significación tales como el uso de las mismas palabras con la adición o supresión de artículos, espacios, preposiciones, conjunciones, acentos, guiones o signos de puntuación; el uso de las mismas palabras en diferente orden, así como del singular y plural. De tal manera que si existe inscrito la empresa “Taxi Amigo” no podría reservarse el nombre “Taxi Amigo”, “El Taxi Amigo”, “El Amigo Taxi”, “Taxis Amigos”, “Taxi mi Amigo”, “Taxi & Amigo” etc.

La SUNARP mediante Directiva Nº 002-2009-SUNARP-SN dispone el funcionamiento del Índice Nacional del Registro de Personas Jurídicas - INRPJ, que como su propio nombre lo indica tiene un ámbito nacional y por ende también sus efectos y para lograr tal efectividad, esta Institución ha desarrollado una herramienta que permite efectuar la búsqueda a nivel nacional por denominación igual o parecida, agotando todas las posibilidades de búsquedas desarrolladas en el ejemplo citado (incluso más), esta herramienta es usada en la calificación de constitución de personas jurídicas o modificación de estatutos que tengan como objetivo ingresar un nombre, denominación, completa o abreviada, o razón social al INRPJ, además en las solicitudes de reserva de preferencia Registral.

Siendo las búsquedas ahora a nivel nacional, es obvio pensar que debido al ámbito de acción y modalidad se va obtener una mayor posibilidad de encontrar otra persona jurídica con nombre, denominación, completa o abreviada, o razón social igual o parecida a nivel nacional, por tanto a efectos de evitar la respectiva observación que ocasione pérdida de tiempo y dinero (observaciones, escrituras públicas aclaratorias, pasajes, etc.) se sugiere tramitar con anterioridad a la constitución de persona jurídica o acuerdo de cambio de denominación,  la reserva de preferencia registral de nombre, denominación o razón social, éste acto tiene un único costo de S/.18.00 y el plazo para su calificación es de 24 horas, se puede realizar esta reserva no solo en las oficinas de la Sunarp sino desde la comodidad de su domicilio u oficina.  ¿Cómo?,  a través de la página web de la SUNARP, utilizando el procedimiento de atención en línea,  herramienta mucho más eficiente que el desarrollado por el DS Nº 002-96-JUS, desde que no se requerirá la presentación de documentos físicos, ni apersonarse físicamente para ello a Oficina Registral alguna. Este procedimiento de atención en línea fue regulado por la Directiva Nº 010-2008-SUNARP-SN  gracias a ella encontramos entonces en la página web de la SUNARP un formulario de Solicitud de Reserva en el que se podrá consignar hasta CINCO denominaciones completas o abreviadas o razones sociales, las que serán excluyentes en función al orden consignado, es decir, concedida una, las demás serán descartadas. (Prácticamente se tiene cinco opciones diferentes descartadas una a una por un único costo y en un sólo tramite).  Además ésta solicitud tiene ámbito nacional, una vez ingresada a través de la página web de la SUNARP, previo pago de la tasa registral, se genera un código de transacción que posteriormente da lugar al asiento de presentación, el mismo que debe ser atendido en un plazo de 24 horas.  Con la reserva a su favor, se puede con toda tranquilidad otorgar el nombre reservado a la persona jurídica que se constituye o cambia de denominación, puesto que descarta futuras observaciones al respecto.  Pero  debemos tener presente que esta reserva tiene un plazo de 30 días hábiles, contados desde el día siguiente de su concesión, convendrá entonces realizar los actos previos a la inscripción con la debida celeridad

 


 

 


 

* Registrador Público (e) de la Zona Registral I-Sede Piura
ninopal@hotmail.com

 


 

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