Derecho & Cambio Social

 
 

 

CURIOSIDADES DEL UNIVERSO JURÍDICO

DE CÓMO LOS LAMPIÑOS NO PODRÍAN JURAMENTAR

Reynaldo Mario Tantaleán Odar (*)

 


     

En esta oportunidad y con el compromiso de seguir ahondando en estos temas, nos complacemos en dar a conocer otra de las tantas curiosidades existentes dentro de la constelación jurídica.

1.      INFLUENCIA DE LA DOCTRINA CATÓLICA EN AMÉRICA

Desde los primeros tiempos del arribo al Nuevo Mundo, junto a los conquistadores llegaron también muchos misioneros. Éstos no partieron con ánimo aventurero o por el deseo de encontrar oro, sino con la ilusión de anunciar el Evangelio de Jesucristo a los habitantes de estos suelos. Muchos de ellos llegaron, inclusive, a defender al indígena con pasión y firmeza contra los abusos que cometían los primeros colonizadores.

Ahora bien, debido a la gran influencia de las religiones, y sobretodo la Católica traída y acogida en nuestras tierras gracias a la conquista española, es que el trato para con Dios se inmiscuyó tanto en la cotidianeidad de la vida americana que, incluso, llegó a filtrarse en el ámbito jurídico.

Tal influencia se ve reflejada en diversas aristas. Así por ejemplo, la relación entre la Santa Sede y el Estado peruano ha sido siempre briosa y formal. Muchos de los funcionarios requerían de la consulta y aceptación (o por lo menos de la propuesta) -tanto de la Santa Sede como de las autoridades civiles- para su designación como tales.

Por otro lado, tenemos que las siete puntas de la estrella emblema de los colegios de abogados haría referencia a los siete dones del Espíritu Santo.

De igual modo, la instalación de la Santa Inquisición o la regulación del matrimonio en sede judicial, sobre la base del matrimonio canónico, se constituyen en otros claros ejemplos.

Pero el tema que nos convoca en esta oportunidad, y que también tiene relación con lo antedicho, es el referido al juramento.

2.      EL JURAMENTO EN EL PERÚ

Una de las más claras manifestaciones de la influencia de la doctrina cristiana en el campo jurídico se traduce en el juramento.

El juramento dentro del derecho ha poseído siempre una relativa envergadura.

En nuestro país, por ejemplo en los tiempos del Incanato, el juramento era hecho por el sol o por la tierra, y el perjuro era castigado severamente la primera vez. A la segunda vez, se le imponía la pena de muerte.

Nuestra marcadísima influencia católica logró que el juramento por Dios Padre creador de las cosas, por el Señor Jesucristo y por el Espíritu Santo (además de por la Iglesia Católica en sí) se torne en una formalidad ineludible en los procesos judiciales, así como en la toma de posesión de algún mando o cargo.

En la actualidad el juramento sigue existiendo, aunque con algunas variantes.

Así, además del juramento en la toma de posesión de algún cargo, nuestro código procesal civil acoge esta figura cuando algún sujeto es convocado a una audiencia ante los órganos jurisdiccionales. En tal audiencia, antes de iniciarla, el juez -que es quien la preside- debe tomar juramento a los asistentes. Solamente a quienes no profesen alguna creencia religiosa (la que fuere), es decir, que se consideren no creyentes, se les toma una promesa de palabra de decir la verdad.

3.      ¿Y QUÉ TIENE QUE VER EL JURAMENTO CON LOS LAMPIÑOS Y EL DERECHO?

Hemos tenido oportunidad de leer alguna vez acerca del origen que tiene la palabra bigote,[1] refiriéndonos a lo que en otros lugares se conoce como mostacho.[2]

En la edad media, los escandinavos o normandos[3] hicieron incursiones en varios países de Europa. Ellos introdujeron la moda del mostacho.

Se cuenta que el Rey español Carlos V contaba con muchos soldados alemanes que juramentaban ante su bandera. Y como los germanos, desde tiempos inmemoriales, consideraban al dedo índice como la representación de la personalidad o del ego; y a la boca, como representación de la verdad, para jurar ponían el dedo índice de la mano derecha entre la boca y la nariz, apartando después la mano hacia la derecha, diciendo: “bigot”, “Bei-Gott”, lo que quería decir “por Dios”.

El lector que conoce algo de lenguas, sobre todo de origen sajón, fácilmente podrá darse cuenta de que la escritura no difiere mayormente entre ellas. Así por ejemplo, “por Dios” en inglés sería “By God”,[4] aunque la pronunciación sí divergiría minúsculamente.

El hecho es que los españoles al servicio de Carlos V que oían siempre esta palabra, la adoptaron y desde entonces han seguido llamando bigote al mechón de pelo del labio superior.

Resulta anecdótico, entonces, decir que, en sentido estricto y remontándonos a los orígenes relatados, al carente de vellosidad solamente se le podría tomar promesa de decir la verdad, pero jamás juramento.

FUENTES DE CONSULTA

ETIMOLOGÍAS DE CHILE

(S. A.) http://etimologias.dechile.net/, [fecha de extracción 29-10-2004]

HÉLLER, Krumm

(S. A.) Quirología Médica, (s. e.), (s. a), (s. l.)

 


 

NOTAS:

[1]           Bigote, por su etimología española vendría a significar “el que jura y blasfema”.

[2]           Mostacho proviene del griego y significa labio superior.

[3]           Normando haría alusión a hombre del norte. Por ello la denominación Nor (norte), man (hombre)

[4]           La exclamación “por Dios” dio origen en inglés a otra palabra de significado totalmente diferente. En inglés bigot fue un vocablo inicialmente aplicado a los fanáticos religiosos y después a los fanáticos racistas.

 


(*)Abogado. Conciliador Extrajudicial. Docente de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional de Cajamarca – Perú.

Correo electrónico: yerioma@lienzojuridico.com o yerioma@hotmail.com

 


 

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