Revista Jurídica Cajamarca

 
 

 

El rol del INDECOPI en la sociedad peruana

Cristian Javier Araujo Morales (*)


 

EL SISTEMA ECONÓMICO PERUANO

Hoy en día, las políticas económicas de los diversos países que conforman la comunidad internacional se orientan hacia el desarrollo de las empresas nacionales, para que capturen nuevos mercados en un contexto de libre competencia. A fin de enfrentar este desafío, el sector productivo peruano necesita tener parámetros de excelencia: la frase "Hecho en el Perú"  debe ser sinónimo de calidad. Pero ya no la calidad que el Estado o el gobierno escogen como "la mejor" sino aquella que es premiado por los consumidores. La "calidad peruana" debe ser producto de la elección de los peruanos y de nuestra capacidad para escoger lo mejor.

Este esquema busca propiciar las condiciones  para que el éxito empresarial esté en relación con la capacidad de las empresas de oír al consumidor y responder a sus demandas con eficiencia y competitividad. Al Estado sólo le compete garantizar un ambiente sin "ecos" ni distorsiones que apaguen la voz del consumidor. La competitividad no es una decisión del gobierno; es un acto de fe del  sector privado en el marco que dicho gobierno propone. Y la fe en el sistema es lo que las normas de libre competencia pretenden.

Dicho contexto de competitividad global implica "oír al consumidor", organizar los aparatos productivos a su servicio, porque es el consumidor el fin último de todo el sistema económico de mercado. Las épocas en las que el consumidor tenía que "aceptar lo que había", han quedado atrás. Hoy el mandato de los tiempos es que las empresas tienen que ajustarse a lo que el consumidor quiere o necesita. El consumidor es el soberano del mercado.

En la lógica de lograr una efectiva protección de los principios de una economía de mercado implica, en noviembre de 1992 - mediante Decreto Ley N° 25868 - se creó el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), como la entidad encargada de supervigilar y promover el correcto funcionamiento de la economía de mercado en el Perú. El objetivo primordial del Indecopi es impulsar mejoras en los niveles de competitividad de las empresas y productos peruano.

La apertura económica ya muestra algunos frutos en los niveles de competitividad alcanzados por las sociedad peruana. Si bien todavía queda un largo camino por recorrer, las colas y los racionamientos tan frecuentes en décadas anteriores han pasado a ser sólo malos recuerdos de épocas de escasez y mala calidad. Actualmente, se ha ampliado la variedad de productos y servicios a disposición del consumidor peruano y éste asiste a agresivas campañas de competencia entre nuevas marcas dirigidas a satisfacer sus necesidades. En última instancia, se siente que el consumidor está dejando de ser un mudo testigo y se está convirtiendo en un verdadero protagonista del mercado.

EL INDECOPI COMO ARBITRO DEL MERCADO

El Indecopi es ese árbitro que el mercado requiere para funcionar leal y honestamente en el Perú. En tanto árbitro, el Indecopi está en el "partido"  no para decidir quien juega mejor ni qué jugador debe anotar los goles, sino para garantizar que el juego sea leal y limpio. La decisión de quién juega mejor y quién hace los goles está en manos del sector privado, de la misma manera como el partido está manos de los jugadores. Un buen árbitro cumple con su papel cuando tiene que intervenir lo menos posible. Sacar una tarjeta amarilla pretende corregir conductas contrarias a las reglas pre establecidas para que el partido continúe. El buen arbitro permite que la creatividad y la habilidad afloren en el juego; así también el Indecopi busca que la eficiencia y la imaginación afloren en el mercado por iniciativa propia de los consumidores y de los empresarios.

El Indecopi reúne bajo su competencia aspectos muy diversos, aunque siempre unidos por el común denominador de la defensa del consumidor, la tutela del libre mercado y la protección de las creaciones intelectuales. La promoción de los derechos de los consumidores es un objetivo primordial en el actuar del Indecopi, ya que la aplicación estricta de las normas de libre competencia garantiza a éstos la posibilidad de elegir entre productos de calidad a precios competitivos determinados por la oferta y la demanda y no de manera artificial. Dentro de la funciones del Indecopi, tenemos:

·        Impulsar y difundir la libre competencia.

·        Promover la participación adecuada de los agentes económicos en el mercado.

·        Fomentar una competencia justa, leal y honesta entre los proveedores de bienes y servicios.

·        Velar por el respeto de la libre competencia en el  comercio internacional.

·        Reducir los costos de acceso y salida del mercado .

·        Aprobar las normas técnicas y metrológicas.

·        Proteger todas las formas de propiedad intelectual: desde los signos distintivos o marcas y los derechos de autor hasta las patentes y la biotecnología.

Como entidad reguladora realiza, además, una labor permanente de monitoreo de mercados, asumiendo como premisa que son los consumidores y proveedores - antes que el propio Estado - los verdaderos protagonistas de la economía. Son ellos los que deciden, a través del libre juego de la oferta y la demanda, qué producir, cómo producir y a qué precios producir, permitiendo que la libre iniciativa privada se desenvuelva de tal modo que se logre el mayor beneficio para los usuarios y los consumidores.

De esta manera el Indecopi cumple con una función de promoción para el desarrollo de los diferentes mercados en el Perú. La creación de un entorno competitivo, busca el fortalecimiento de las actuales empresas y la creación de otras nuevas cuyos objetivos sean fundamentalmente la eficiencia, la productividad y la competitividad. En este sentido, una labor fundamental del Indecopi es institucionalizar en todos los niveles de la sociedad peruana una auténtica cultura de mercado. Para ello, existe un compromiso de difusión y educación de las reglas básicas del sistema de libre mercado y de los principios que ayudan a impulsarlo y consolidarlo.

Para cumplir sus fines, el Indecopi fue concebido como un ente autónomo y técnico. Sus procedimientos de análisis y resolución de casos se basan en visiones modernas y en estándares aceptados internacionalmente. Pero, además, debe mantener autonomía respecto a intereses políticos, económicos y particulares. Esto permite que sus decisiones  corrijan deficiencias en el mercado sin distorsionar ni afectar su buen funcionamiento.

En este contexto, es fundamental que los procedimientos y técnicas de investigación utilizadas muestren transparencia, independencia, profesionalismo y eficacia. Ello conduce, por un lado, a que los proveedores cumplan espontáneamente las reglas del mercado teniendo claro que el ente regulador actuará decidida y eficazmente al sancionar cualquier infracción. De otro lado, lleva a que los consumidores tengan confianza en el sistema al saber que sus derechos e intereses están adecuadamente garantizados. De allí el compromiso y vocación de servicio de los funcionarios del Indecopi y la necesidad de contar con profesionales de prestigio que hagan suyas las normas éticas que inspiran a la institución. El resultado final es una mayor dinámica en el mercado, permitiendo que éste genere beneficios para todos y, con ello, una legitimación de las reformas, así como un mayor desarrollo económico del país.

PRINCIPIOS DEL INDECOPI

Los principios que han inspirado y dirigido la acción del Indecopi constituyen la base de su carácter técnico y profesional. Estos principios pueden resumirse en los siguientes enunciados.

·        Prestar servicios al público.

·        Promover la toma de decisiones por parte del sector privado, privilegiando así las acciones ex post.

·        Procurar la búsqueda de calidad y eficiencia en el mercado.

·        Crear incentivos para corregir las imperfecciones en el funcionamiento del mercado.

·        Promover la participación de los agentes económicos (públicos y privados) en el proceso de formulación de políticas institucionales.

INDECOPI COMO ENTIDAD DE SERVICIOS

El Indecopi puede ser concebido como una entidad que presta servicios de información, registro, acreditación y certificación, solución de conflictos y calibración metrológica. A continuación, detallaremos brevemente a qué se refiere cada uno de ellos:

·        INFORMACIÓN. Se busca que el consumidor y el empresario tengan acceso a información (patentes y tecnología, trámites legales, normas técnicas, cierta información comparativa de productos, entre otros)

·        REGISTRO. A través de las oficinas encargadas de los diversos registros, en especial de propiedad industrial, el Indecopi concede al titular la propiedad sobre su creación y como tal lo protege frente a terceros que violenten sus derechos. Se busca un acceso sencillo, con trámites simples y rápidos.

·        ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN. Por medio de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales, así como del Servicio Nacional de Metrología, se brinda el servicio de acreditación de los laboratorios y organismos autorizados para realizar pruebas de ensayo y expedir certificaciones con valor oficial, brindando seguridad a los particulares.

·        SOLUCION DE CONFLICTOS. El Indecopi presta un servicio de “solución de disputas” entre particulares o, entre particulares y entidades estatales. Se promueve un mayor auto-cumplimiento de las normas mediante la actuación clara, transparente y predecible de los órganos funcionales. Se fomentan mecanismos como la mediación, la conciliación y el arbitraje, que lleven a las partes a las mejores soluciones para sus intereses.

·        CALIBRACIONES METROLOGICAS. Se brinda asistencia y servicios de calibración industrial a fin de conseguir empresas competitivas y eficientes.

LOS ORGANOS FUNCIONALES DEL INDECOPI

Área de Libre Competencia

Área compuesta por siete Comisiones que aplican la legislación pertinente de defensa de la competencia y protección de los derechos del consumidor. Cada Comisión tiene autonomía técnica y funcional y resuelve en primera instancia los procedimientos de su competencia. Las Comisiones están integradas por seis miembros titulares, quienes ejercen sus cargos por tiempo indefinido y cuentan con un Presidente elegido de su seno por un periodo de un año, pudiendo ser reelegido hasta por un máximo de cinco años. Las Comisiones son las siguientes:

Comisión de Libre Competencia

Encargada de velar por el cumplimiento de la ley contra prácticas monopólicas, controlistas y restrictivas de la libre competencia, conforme a los dispuesto por el Decreto Legislativo 701. En su labor como árbitro del mercado y garante de la libre competencia, el Indecopi cuida que los agentes económicos no abusen de su poder en el mercado o que eviten competir mediante de la realización de acuerdos sobre precios, producción u otras condiciones.

Comisión de Protección al Consumidor

Encargada del cumplimiento de la Ley de Protección al Consumidor aprobada por el Decreto Legislativo 716. Esta norma establece los derechos fundamentales de los consumidores, en especial el derecho a la información adecuada y suficiente sobre los bienes y servicios ofrecidos en el mercado, y las obligaciones de los proveedores, de tal forma que se garantice una adecuada participación de ambos agentes económicos dentro del intercambio comercial.

Comisión de Represión de la Competencia Desleal

Encargada de supervisar el cumplimiento de las normas de publicidad aprobadas por los Decretos Legislativos 691y Decreto Supremo 020-94-ITINCI. Asimismo se encarga de velar por el cumplimiento de las normas que reprimen la competencia desleal, aprobadas por el Decreto Ley 26122.  Su función es prevenir y sancionar la publicidad comercial ilícita, así como evaluar aquellas conductas contrarias a la buena fe comercial y al normal desenvolvimiento de las actividades económicas que perjudiquen a los consumidores, a los competidores o al orden público.

Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios

Encargada de velar por el cumplimiento de las normas destinadas a evitar y corregir las distorsiones de la competencia generadas por importaciones de productos a precios dumping o subsidiados, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo 133-91-EF. En este sentido, los productores nacionales que se consideren perjudicados o amenazados por la realización de importaciones bajo estas condiciones de productos iguales o similares a los que ellos producen, pueden presentar una solicitud a esta Comisión para que luego de una investigación se determine la existencia de la práctica de dumping o subsidio y el daño causado a la producción nacional como consecuencia de dichas importaciones, para luego imponer los derechos anti-dumping o compensatorios que correspondan.

Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales

Es el órgano encargado de velar por la defensa de las normas referidas al libre comercio y de pronunciarse sobre la aplicación de las disposiciones que establecen restricciones para-arancelarias, específicamente las que contravengan el Decreto Legislativo 668, que garantiza la libertad de comercio exterior. A su vez, es el Organismo Nacional de Normalización y Acreditación encargado de aprobar las Normas Técnicas Peruanas recomendables para todos los sectores, así como las normas sobre metrología legal. Adicionalmente es responsable de evaluar y calificar a entidades públicas y privadas para que ejerzan las funciones de emisión de informes de ensayo y calibración, de inspección y de certificación de productos (de conformidad con Normas Técnicas), sistemas de calidad y de personal.

Comisión de Acceso al Mercado

Su función es supervisar que los actos y las disposiciones de la Administración Pública no constituyan barreras que obstaculicen o impidan irracionalmente el acceso o la permanencia de los agentes económicos en el mercado. En este sentido, esta Comisión se encuentra facultada para, mediante resolución, eliminar la barrera burocrática que se estuviere imponiendo, decretando sanciones o multas al funcionario, sin perjuicio de la responsabilidad  administrativa y de la formulación de la denuncia penal, de ser el caso. Asimismo, promueve la observancia de las normas sobre la simplificación administrativa, asegurando que los procedimientos administrativos sean rápidos, simples y que satisfagan las necesidades de los usuarios.

Comisión de Reestructuración Patrimonial

Competente para aplicar las disposiciones de la Ley de Reestructuración Patrimonial, cuyo objetivo es brindar a aquellas empresas viables que atraviesan una situación económica desfavorable y que les impide cumplir con el pago de sus deudas oportunamente, la posibilidad de negociar con sus acreedores fórmulas alternativas de pago. En tal sentido, esta Comisión de Reestructuración Patrimonial garantiza que la declaración de insolvencia de los deudores, el reconocimiento de los créditos, la realización de las Juntas de Acreedores y una eventual liquidación de la empresa cumplan con todos los requisitos y condiciones que señala dicha ley.

Área de Propiedad Intelectual

Área compuesta por tres oficinas encargadas de proteger los derechos de la Propiedad Intelectual en todas sus manifestaciones y de llevar los registros respectivos de acuerdo con la leyes correspondientes. Las oficinas tienen autonomía técnica y funcional. Estos órganos resuelven en primera instancia administrativa los proceso de su competencia. Cada oficina está a cargo de un Jefe designado por tiempo indefinido. Las oficinas son las siguientes:

Oficina de Signos Distintivos

Es el órgano competente para el registro de marcas, nombres comerciales, lemas comerciales y denominaciones de origen. Asimismo, se encarga de conocer y resolver, en primera instancia administrativa, los procesos  contenciosos derivados de dichos registros (observaciones, cancelaciones y nulidades), incluyendo los procedimientos por infracción a los derechos de propiedad industrial en materia de signos distintivos. Se regula por la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, la Decisión 344 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena (Régimen Común sobre Propiedad Intelectual), y la Ley de Propiedad Industrial, Decreto Legislativo 823.

Oficina de Derechos de Autor

Encargada de promover la creación de una conciencia sobre el respeto a los derechos de autor. Como parte de sus funciones se encarga de velar por el cumplimiento de las normas legales que protegen al autor con respecto a su obra, así como a todo titular de derechos sobre la misma creación intelectual. Adicionalmente, supervisa el funcionamiento de las sociedades de gestión colectiva, es decir, aquellas entidades privadas que representan a los titulares de los derechos de autor recaudando y distribuyendo sus derechos. Se rige por la Decisión 351 del Acuerdo de Cartagena, la cual establece el Régimen Común de Protección a los Derechos de Autor y por el Decreto Legislativo 822, así como los convenios internacionales sobre la materia.

Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnología

Encargada de administrar los registros de patentes de invención, certificados de protección, modelos de utilidad, diseños industriales, variedades vegetales protegidas y otras nuevas tecnologías. Resuelve las denuncias sobre los actos violatorios a los derechos registrados y difunde el uso de los adelantos tecnológicos, brindando información sobre novedades científicas y tecnológicas. Adicionalmente, administra el listado de licencias de uso de tecnología, asistencia técnica, ingeniería básica y de detalle y franquicia de origen extranjero.

OFICINAS DESCENTRALIZADAS DEL INDECOPI

La cobertura de servicios del Indecopi se ha ampliado en el interior del país, instalándose Oficinas Descentralizadas (ODI) en: Arequipa, Cajamarca, Cusco, Junín, La Libertad, Lambayeque, Loreto, Piura, Puno y Tacna. Los servicios que brindan las ODIs son los siguientes:

·        Brindar orientación e información al público acerca de sus derechos y absolver consultas sobre la funciones del Indecopi.

·        Recibir solicitudes, comunicaciones, denuncias que correspondan a las diferentes Oficinas de Propiedad Intelectual y Comisiones del Indecopi.

·        Organizar campañas de información, seminarios y conversatorios sobre temas relacionados con la libre competencia y la propiedad intelectual.

·        Brindar el servicio de acceso a la información de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales; al servicio de información Tecnológica y Búsqueda de antecedentes a nivel nacional de la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías; al servicio de búsqueda de anterioridades en el caso de la Oficina de Signos Distintivos y a los servicios del Centro de Información y Documentación del Indecopi (CIDI)

En Cajamarca, la Oficina Descentralizada del Indecopi se abrió el 12 de julio de 1999, luego de la firma de un Convenio de Delegación de Funciones entre Indecopi Lima y la Cámara de Comercio y Producción de Cajamarca. Su local está ubicado en Jr. Dos de Mayo 359, donde las personas interesadas pueden acercarse a recabar información necesaria de modo personal, o si prefieren hacerlo de otro modo, pueden llamar al teléfono 823315 para trasladar sus inquietudes con relación a los temas de nuestra competencia.



(*) Abogado. Jefe de la Oficina Descentralizada del Indecopi - Cajamarca. Docente de la Universidad Privada "Antonio Guillermo Urrelo".


 

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