Revista Jurídica Cajamarca |
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El rol del INDECOPI en la sociedad peruanaCristian Javier Araujo Morales (*) |
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EL SISTEMA
ECONÓMICO PERUANO Hoy en día, las políticas económicas
de los diversos países que conforman la comunidad internacional se
orientan hacia el desarrollo de las empresas nacionales, para que
capturen nuevos mercados en un contexto de libre competencia. A fin de
enfrentar este desafío, el sector productivo peruano necesita tener parámetros
de excelencia: la frase "Hecho en el Perú"
debe ser sinónimo de calidad. Pero ya no la calidad que el
Estado o el gobierno escogen como "la mejor" sino aquella que
es premiado por los consumidores. La "calidad peruana" debe
ser producto de la elección de los peruanos y de nuestra capacidad para
escoger lo mejor. Este
esquema busca propiciar las condiciones
para que el éxito empresarial esté en relación con la
capacidad de las empresas de oír al consumidor y responder a sus
demandas con eficiencia y competitividad. Al Estado sólo le compete
garantizar un ambiente sin "ecos" ni distorsiones que apaguen
la voz del consumidor. La competitividad no es una decisión del
gobierno; es un acto de fe del sector
privado en el marco que dicho gobierno propone. Y la fe en el sistema es
lo que las normas de libre competencia pretenden. Dicho
contexto de competitividad global implica "oír al
consumidor", organizar los aparatos productivos a su servicio,
porque es el consumidor el fin último de todo el sistema económico de
mercado. Las épocas en las que el consumidor tenía que "aceptar
lo que había", han quedado atrás. Hoy el mandato de los tiempos
es que las empresas tienen que ajustarse a lo que el consumidor quiere o
necesita. El consumidor es el soberano del mercado. En
la lógica de lograr una efectiva protección de los principios de una
economía de mercado implica, en noviembre de 1992 - mediante Decreto
Ley N° 25868 - se creó el Instituto Nacional de Defensa de la
Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi),
como la entidad encargada de supervigilar y promover el correcto
funcionamiento de la economía de mercado en el Perú. El objetivo
primordial del Indecopi es impulsar mejoras en los niveles de
competitividad de las empresas y productos peruano. La
apertura económica ya muestra algunos frutos en los niveles de
competitividad alcanzados por las sociedad peruana. Si bien todavía
queda un largo camino por recorrer, las colas y los racionamientos tan
frecuentes en décadas anteriores han pasado a ser sólo malos recuerdos
de épocas de escasez y mala calidad. Actualmente, se ha ampliado la
variedad de productos y servicios a disposición del consumidor peruano
y éste asiste a agresivas campañas de competencia entre nuevas marcas
dirigidas a satisfacer sus necesidades. En última instancia, se siente
que el consumidor está dejando de ser un mudo testigo y se está
convirtiendo en un verdadero protagonista del mercado. EL INDECOPI COMO ARBITRO DEL MERCADO
El
Indecopi es ese árbitro que el mercado requiere para funcionar leal y
honestamente en el Perú. En tanto árbitro, el Indecopi está en el
"partido" no para
decidir quien juega mejor ni qué jugador debe anotar los goles, sino
para garantizar que el juego sea leal y limpio. La decisión de quién
juega mejor y quién hace los goles está en manos del sector privado,
de la misma manera como el partido está manos de los jugadores. Un buen
árbitro cumple con su papel cuando tiene que intervenir lo menos
posible. Sacar una tarjeta amarilla pretende corregir conductas
contrarias a las reglas pre establecidas para que el partido continúe.
El buen arbitro permite que la creatividad y la habilidad afloren en el
juego; así también el Indecopi busca que la eficiencia y la imaginación
afloren en el mercado por iniciativa propia de los consumidores y de los
empresarios. El
Indecopi reúne bajo su competencia aspectos muy diversos, aunque
siempre unidos por el común denominador de la defensa del consumidor,
la tutela del libre mercado y la protección de las creaciones
intelectuales. La promoción de los derechos de los consumidores es un
objetivo primordial en el actuar del Indecopi, ya que la aplicación
estricta de las normas de libre competencia garantiza a éstos la
posibilidad de elegir entre productos de calidad a precios competitivos
determinados por la oferta y la demanda y no de manera artificial.
Dentro de la funciones del Indecopi, tenemos: ·
Impulsar y difundir la libre
competencia. ·
Promover la participación
adecuada de los agentes económicos en el mercado. ·
Fomentar una competencia justa,
leal y honesta entre los proveedores de bienes y servicios. · Velar por el respeto de la libre competencia en el comercio internacional. ·
Reducir los costos de acceso y
salida del mercado . ·
Aprobar las normas técnicas y
metrológicas. ·
Proteger todas las formas de
propiedad intelectual: desde los signos distintivos o marcas y los
derechos de autor hasta las patentes y la biotecnología. Como
entidad reguladora realiza, además, una labor permanente de monitoreo
de mercados, asumiendo como premisa que son los consumidores y
proveedores - antes que el propio Estado - los verdaderos protagonistas
de la economía. Son ellos los que deciden, a través del libre juego de
la oferta y la demanda, qué producir, cómo producir y a qué precios
producir, permitiendo que la libre iniciativa privada se desenvuelva de
tal modo que se logre el mayor beneficio para los usuarios y los
consumidores. De
esta manera el Indecopi cumple con una función de promoción para el
desarrollo de los diferentes mercados en el Perú. La creación de un
entorno competitivo, busca el fortalecimiento de las actuales empresas y
la creación de otras nuevas cuyos objetivos sean fundamentalmente la
eficiencia, la productividad y la competitividad. En este sentido, una
labor fundamental del Indecopi es institucionalizar en todos los niveles
de la sociedad peruana una auténtica cultura de mercado. Para ello,
existe un compromiso de difusión y educación de las reglas básicas
del sistema de libre mercado y de los principios que ayudan a impulsarlo
y consolidarlo. Para
cumplir sus fines, el Indecopi fue concebido como un ente autónomo y técnico.
Sus procedimientos de análisis y resolución de casos se basan en
visiones modernas y en estándares aceptados internacionalmente. Pero,
además, debe mantener autonomía respecto a intereses políticos, económicos
y particulares. Esto permite que sus decisiones
corrijan deficiencias en el mercado sin distorsionar ni afectar
su buen funcionamiento. En
este contexto, es fundamental que los procedimientos y técnicas de
investigación utilizadas muestren transparencia, independencia,
profesionalismo y eficacia. Ello conduce, por un lado, a que los
proveedores cumplan espontáneamente las reglas del mercado teniendo
claro que el ente regulador actuará decidida y eficazmente al sancionar
cualquier infracción. De otro lado, lleva a que los consumidores tengan
confianza en el sistema al saber que sus derechos e intereses están
adecuadamente garantizados. De allí el compromiso y vocación de
servicio de los funcionarios del Indecopi y la necesidad de contar con
profesionales de prestigio que hagan suyas las normas éticas que
inspiran a la institución. El resultado final es una mayor dinámica en
el mercado, permitiendo que éste genere beneficios para todos y, con
ello, una legitimación de las reformas, así como un mayor desarrollo
económico del país. PRINCIPIOS DEL INDECOPI
Los
principios que han inspirado y dirigido la acción del Indecopi
constituyen la base de su carácter técnico y profesional. Estos
principios pueden resumirse en los siguientes enunciados. ·
Prestar servicios al público. ·
Promover la toma de decisiones
por parte del sector privado, privilegiando así las acciones ex post. ·
Procurar la búsqueda de calidad
y eficiencia en el mercado. ·
Crear incentivos para corregir
las imperfecciones en el funcionamiento del mercado. ·
Promover la participación de
los agentes económicos (públicos y privados) en el proceso de
formulación de políticas institucionales. INDECOPI COMO ENTIDAD DE SERVICIOS
El
Indecopi puede ser concebido como una entidad que presta servicios de
información, registro, acreditación y certificación, solución de
conflictos y calibración metrológica. A continuación, detallaremos
brevemente a qué se refiere cada uno de ellos: ·
INFORMACIÓN.
Se busca que el consumidor y el empresario tengan acceso a información
(patentes y tecnología, trámites legales, normas técnicas, cierta
información comparativa de productos, entre otros) ·
REGISTRO.
A través de las oficinas encargadas de los diversos registros, en
especial de propiedad industrial, el Indecopi concede al titular la
propiedad sobre su creación y como tal lo protege frente a terceros que
violenten sus derechos. Se busca un acceso sencillo, con trámites
simples y rápidos. · ACREDITACIÓN Y CERTIFICACIÓN. Por medio de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales, así como del Servicio Nacional de Metrología, se brinda el servicio de acreditación de los laboratorios y organismos autorizados para realizar pruebas de ensayo y expedir certificaciones con valor oficial, brindando seguridad a los particulares. ·
SOLUCION
DE CONFLICTOS. El Indecopi presta un servicio
de “solución de disputas” entre particulares o, entre particulares
y entidades estatales. Se promueve un mayor auto-cumplimiento de las
normas mediante la actuación clara, transparente y predecible de los órganos
funcionales. Se fomentan mecanismos como la mediación, la conciliación
y el arbitraje, que lleven a las partes a las mejores soluciones para
sus intereses. ·
CALIBRACIONES
METROLOGICAS. Se brinda asistencia y
servicios de calibración industrial a fin de conseguir empresas
competitivas y eficientes. LOS ORGANOS FUNCIONALES DEL INDECOPI
Área de Libre Competencia
Área compuesta por siete Comisiones que aplican la legislación pertinente de defensa de la competencia y protección de los derechos del consumidor. Cada Comisión tiene autonomía técnica y funcional y resuelve en primera instancia los procedimientos de su competencia. Las Comisiones están integradas por seis miembros titulares, quienes ejercen sus cargos por tiempo indefinido y cuentan con un Presidente elegido de su seno por un periodo de un año, pudiendo ser reelegido hasta por un máximo de cinco años. Las Comisiones son las siguientes: Comisión de Libre Competencia
Encargada
de velar por el cumplimiento de la ley contra prácticas monopólicas,
controlistas y restrictivas de la libre competencia, conforme a los
dispuesto por el Decreto Legislativo 701. En su labor como árbitro del
mercado y garante de la libre competencia, el Indecopi cuida que los
agentes económicos no abusen de su poder en el mercado o que eviten
competir mediante de la realización de acuerdos sobre precios, producción
u otras condiciones. Comisión de Protección al Consumidor
Encargada del cumplimiento de la Ley de Protección al Consumidor aprobada por el Decreto Legislativo 716. Esta norma establece los derechos fundamentales de los consumidores, en especial el derecho a la información adecuada y suficiente sobre los bienes y servicios ofrecidos en el mercado, y las obligaciones de los proveedores, de tal forma que se garantice una adecuada participación de ambos agentes económicos dentro del intercambio comercial. Comisión de Represión de la
Competencia Desleal
Encargada
de supervisar el cumplimiento de las normas de publicidad aprobadas por
los Decretos Legislativos 691y Decreto Supremo 020-94-ITINCI. Asimismo
se encarga de velar por el cumplimiento de las normas que reprimen la
competencia desleal, aprobadas por el Decreto Ley 26122.
Su función es prevenir y sancionar la publicidad comercial ilícita,
así como evaluar aquellas conductas contrarias a la buena fe comercial
y al normal desenvolvimiento de las actividades económicas que
perjudiquen a los consumidores, a los competidores o al orden público. Comisión de Fiscalización de Dumping
y Subsidios
Encargada
de velar por el cumplimiento de las normas destinadas a evitar y
corregir las distorsiones de la competencia generadas por importaciones
de productos a precios dumping o subsidiados, conforme a lo dispuesto en
el Decreto Supremo 133-91-EF. En este sentido, los productores
nacionales que se consideren perjudicados o amenazados por la realización
de importaciones bajo estas condiciones de productos iguales o similares
a los que ellos producen, pueden presentar una solicitud a esta Comisión
para que luego de una investigación se determine la existencia de la práctica
de dumping o subsidio y el daño causado a la producción nacional como
consecuencia de dichas importaciones, para luego imponer los derechos
anti-dumping o compensatorios que correspondan. Comisión de Reglamentos Técnicos y
Comerciales
Es
el órgano encargado de velar por la defensa de las normas referidas al
libre comercio y de pronunciarse sobre la aplicación de las
disposiciones que establecen restricciones para-arancelarias, específicamente
las que contravengan el Decreto Legislativo 668, que garantiza la
libertad de comercio exterior. A su vez, es el Organismo Nacional de
Normalización y Acreditación encargado de aprobar las Normas Técnicas
Peruanas recomendables para todos los sectores, así como las normas
sobre metrología legal. Adicionalmente es responsable de evaluar y
calificar a entidades públicas y privadas para que ejerzan las
funciones de emisión de informes de ensayo y calibración, de inspección
y de certificación de productos (de conformidad con Normas Técnicas),
sistemas de calidad y de personal. Comisión de Acceso al Mercado
Su
función es supervisar que los actos y las disposiciones de la
Administración Pública no constituyan barreras que obstaculicen o
impidan irracionalmente el acceso o la permanencia de los agentes económicos
en el mercado. En este sentido, esta Comisión se encuentra facultada
para, mediante resolución, eliminar la barrera burocrática que se
estuviere imponiendo, decretando sanciones o multas al funcionario, sin
perjuicio de la responsabilidad administrativa y de la formulación de la denuncia penal, de
ser el caso. Asimismo, promueve la observancia de las normas sobre la
simplificación administrativa, asegurando que los procedimientos
administrativos sean rápidos, simples y que satisfagan las necesidades
de los usuarios. Comisión de Reestructuración
Patrimonial
Competente
para aplicar las disposiciones de la Ley de Reestructuración
Patrimonial, cuyo objetivo es brindar a aquellas empresas viables que
atraviesan una situación económica desfavorable y que les impide
cumplir con el pago de sus deudas oportunamente, la posibilidad de
negociar con sus acreedores fórmulas alternativas de pago. En tal
sentido, esta Comisión de Reestructuración Patrimonial garantiza que
la declaración de insolvencia de los deudores, el reconocimiento de los
créditos, la realización de las Juntas de Acreedores y una eventual
liquidación de la empresa cumplan con todos los requisitos y
condiciones que señala dicha ley. Área de Propiedad Intelectual
Área
compuesta por tres oficinas encargadas de proteger los derechos de la
Propiedad Intelectual en todas sus manifestaciones y de llevar los
registros respectivos de acuerdo con la leyes correspondientes. Las
oficinas tienen autonomía técnica y funcional. Estos órganos
resuelven en primera instancia administrativa los proceso de su
competencia. Cada oficina está a cargo de un Jefe designado por tiempo
indefinido. Las oficinas son las siguientes: Oficina de Signos Distintivos
Es
el órgano competente para el registro de marcas, nombres comerciales,
lemas comerciales y denominaciones de origen. Asimismo, se encarga de
conocer y resolver, en primera instancia administrativa, los procesos
contenciosos derivados de dichos registros (observaciones,
cancelaciones y nulidades), incluyendo los procedimientos por infracción
a los derechos de propiedad industrial en materia de signos distintivos.
Se regula por la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, la
Decisión 344 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena (Régimen Común
sobre Propiedad Intelectual), y la Ley de Propiedad Industrial, Decreto
Legislativo 823. Oficina de Derechos de Autor
Encargada
de promover la creación de una conciencia sobre el respeto a los
derechos de autor. Como parte de sus funciones se encarga de velar por
el cumplimiento de las normas legales que protegen al autor con respecto
a su obra, así como a todo titular de derechos sobre la misma creación
intelectual. Adicionalmente, supervisa el funcionamiento de las
sociedades de gestión colectiva, es decir, aquellas entidades privadas
que representan a los titulares de los derechos de autor recaudando y
distribuyendo sus derechos. Se rige por la Decisión 351 del Acuerdo de
Cartagena, la cual establece el Régimen Común de Protección a los
Derechos de Autor y por el Decreto Legislativo 822, así como los
convenios internacionales sobre la materia. Oficina de Invenciones y Nuevas
Tecnología
Encargada
de administrar los registros de patentes de invención, certificados de
protección, modelos de utilidad, diseños industriales, variedades
vegetales protegidas y otras nuevas tecnologías. Resuelve las denuncias
sobre los actos violatorios a los derechos registrados y difunde el uso
de los adelantos tecnológicos, brindando información sobre novedades
científicas y tecnológicas. Adicionalmente, administra el listado de
licencias de uso de tecnología, asistencia técnica, ingeniería básica
y de detalle y franquicia de origen extranjero. OFICINAS DESCENTRALIZADAS DEL INDECOPI
La
cobertura de servicios del Indecopi se ha ampliado en el interior del país,
instalándose Oficinas Descentralizadas (ODI) en: Arequipa, Cajamarca,
Cusco, Junín, La Libertad, Lambayeque, Loreto, Piura, Puno y Tacna. Los
servicios que brindan las ODIs son los siguientes: ·
Brindar orientación e información
al público acerca de sus derechos y absolver consultas sobre la
funciones del Indecopi. · Recibir solicitudes, comunicaciones, denuncias que correspondan a las diferentes Oficinas de Propiedad Intelectual y Comisiones del Indecopi. ·
Organizar campañas de información,
seminarios y conversatorios sobre temas relacionados con la libre
competencia y la propiedad intelectual. ·
Brindar el servicio de acceso a
la información de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales;
al servicio de información Tecnológica y Búsqueda de antecedentes a
nivel nacional de la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologías; al
servicio de búsqueda de anterioridades en el caso de la Oficina de
Signos Distintivos y a los servicios del Centro de Información y
Documentación del Indecopi (CIDI) En
Cajamarca, la Oficina Descentralizada del Indecopi se abrió el 12 de
julio de 1999, luego de la firma de un Convenio de Delegación de
Funciones entre Indecopi Lima y la Cámara de Comercio y Producción de
Cajamarca. Su local está ubicado en Jr. Dos de Mayo 359, donde las
personas interesadas pueden acercarse a recabar información necesaria
de modo personal, o si prefieren hacerlo de otro modo, pueden llamar al
teléfono 823315 para trasladar sus inquietudes con relación a los
temas de nuestra competencia. (*) Abogado. Jefe de la Oficina Descentralizada del Indecopi - Cajamarca. Docente de la Universidad Privada "Antonio Guillermo Urrelo". |
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